Conflicto de competencia: ¿Qué es y cómo se resuelve?
Ab. Daniel Sepúlveda Villagómez
3/26/20253 min read


El conflicto de competencia en el proceso judicial constituye un incidente procesal de relevante trascendencia, dado que se origina cuando dos jueces o tribunales mantienen discrepancias respecto a su facultad para conocer y resolver un determinado caso. Este conflicto puede manifestarse en dos modalidades: conflicto positivo de competencia, cuando ambos jueces se consideran competentes para tramitar el proceso; y conflicto negativo de competencia, cuando ninguno asume la competencia y, por lo tanto, se genera una situación de indefinición jurisdiccional que requiere una solución oportuna.
Desde la perspectiva procesal, el conflicto positivo de competencia se suscita cuando un juez que estima que otro juez no debe conocer el caso le remite un oficio en el que expone los fundamentos jurídicos que sustentan su propia competencia. Una vez recibido este oficio, el juez requerido dispone de un plazo de tres días para pronunciarse, ya sea aceptando la inhibición y declinando el conocimiento de la causa, o bien contradiciendo la solicitud con una argumentación jurídica que justifique su competencia. En el supuesto de que el juez requerido se niegue a ceder la competencia, se configura formalmente el conflicto positivo de competencia, el cual debe ser elevado a la Sala Especializada de la Corte Provincial o de la Corte Nacional de Justicia, según corresponda, para su resolución. Dicha instancia jurisdiccional resolverá con base en los antecedentes aportados, sin que se permita la introducción de nuevas actuaciones dentro del proceso, garantizando así la celeridad y la eficacia en la administración de justicia.
Por otro lado, el conflicto negativo de competencia se presenta cuando ninguno de los jueces considera que le corresponde el conocimiento del caso, generando una incertidumbre procesal que puede afectar los derechos de las partes involucradas. Ante esta situación, cualquier parte procesal puede solicitar que el último juez que se haya declarado incompetente remita el expediente al superior jerárquico correspondiente. Este órgano jurisdiccional tendrá la obligación de determinar cuál es el juez competente, con el propósito de evitar una paralización indefinida del proceso y garantizar el acceso efectivo a la justicia.
El Código Orgánico General de Procesos (COGEP) establece que los conflictos de competencia deben ser resueltos en un plazo máximo de diez días. Durante este periodo, el proceso principal queda suspendido hasta que se determine cuál es el juez o tribunal competente para conocer la causa. La resolución que ponga fin al conflicto de competencia tiene carácter definitivo y no admite recurso alguno, garantizando así la seguridad jurídica y la estabilidad del proceso judicial.
Desde un punto de vista doctrinario y jurisprudencial, es pertinente señalar el criterio no vinculante emitido por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia en el Oficio No. 1244-P-CNJ-2018, en el cual se establece que el conflicto de competencia no constituye un proceso judicial autónomo, sino que debe ser entendido como un incidente procesal regulado en el artículo 14 del COGEP. En virtud de ello, su tramitación debe observar los principios de celeridad y economía procesal, evitando que se prolongue innecesariamente la suspensión del proceso principal. Asimismo, la Corte Nacional de Justicia enfatiza que en los casos de conflicto positivo de competencia, la solicitud de inhibición constituye el acto procesal que da inicio al trámite, otorgando un plazo de tres días para que el juez requerido se pronuncie. Si este último se niega a declinar la competencia, el expediente deberá ser remitido a la Corte Provincial o Nacional, según corresponda, a fin de que se emita una decisión definitiva. En cuanto al conflicto negativo de competencia, se reitera la obligación del último juez incompetente de remitir el expediente al superior jerárquico para su resolución.
La correcta resolución de los conflictos de competencia es de vital importancia para la eficacia del sistema judicial, ya que permite evitar dilaciones indebidas y garantizar el derecho de las partes a una justicia eficiente y efectiva. En este sentido, una gestión adecuada de estos incidentes procesales contribuye al fortalecimiento del principio de seguridad jurídica y al adecuado desarrollo del debido proceso.